Glosario de facturación
Todos los términos imprescindibles para entender la factura, el presupuesto, el IVA y las obligaciones fiscales en España.
- Factura
- Presupuesto
- Factura proforma
- IVA
- Base imponible
- Total con IVA
- Autónomo
- NIF
- CIF
- NIF-IVA intracomunitario
- Retención de IRPF
- Recargo de equivalencia
- Modelo 303
- Modelo 349
- Modelo 390
- Anticipo
- Vencimiento
- Intereses de demora
- Número de factura
- Factura simplificada
- IBAN / BIC
- Verifactu
- Inversión del sujeto pasivo
- Factura rectificativa / abono
- Ventanilla Única (OSS)
- Factura
- Documento mercantil que justifica la entrega de bienes o la prestación de servicios. Debe cumplir el Real Decreto 1619/2012 y conservarse durante 4 años.
- Presupuesto
- Oferta comercial escrita que se convierte en contrato una vez aceptada por el cliente. Distinto de la factura proforma, que es puramente informativa.
- Factura proforma
- Documento informativo que muestra cómo será una futura factura. No tiene valor contable ni jurídico — usado en exportación o solicitudes de anticipo internacional.
- IVA
- Impuesto sobre el Valor Añadido. Tributo indirecto que recauda el empresario y se ingresa en la AEAT. Tipos en España: 21 % (general), 10 % (reducido), 4 % (superreducido).
- Base imponible
- Importe sobre el que se calcula el IVA, sin incluir el impuesto. Es la base de la liquidación trimestral del modelo 303.
- Total con IVA
- Importe total que paga el cliente, IVA incluido. Total = Base × (1 + tipo/100).
- Autónomo
- Trabajador por cuenta propia dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Repercute IVA desde el primer euro y debe presentar el modelo 303 trimestralmente.
- NIF
- Número de Identificación Fiscal. Para personas físicas españolas coincide con el DNI; para extranjeros es el NIE; para empresas es el CIF.
- CIF
- Código de Identificación Fiscal usado por las personas jurídicas. Mención obligatoria en facturas emitidas o recibidas por una sociedad española.
- NIF-IVA intracomunitario
- Identificador fiscal europeo (ES + NIF) usado en operaciones B2B dentro de la UE. Verificable mediante el sistema VIES.
- Retención de IRPF
- Retención sobre la cuota de actividades profesionales (generalmente 15 %, 7 % los dos primeros años) que el cliente B2B retiene e ingresa en la AEAT en nombre del autónomo.
- Recargo de equivalencia
- Régimen especial para comerciantes minoristas (personas físicas). El proveedor mayorista repercute un recargo (5,2 %, 1,4 %, 0,5 %, 1,75 %) además del IVA. El minorista no presenta el modelo 303.
- Modelo 303
- Declaración trimestral del IVA en España. Se presenta en abril, julio, octubre y enero del año siguiente. Obligatorio para todos los autónomos sujetos al IVA.
- Modelo 349
- Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (entregas y prestaciones de servicios B2B en la UE). Periodicidad mensual o trimestral.
- Modelo 390
- Resumen anual del IVA presentado en enero. Recopila todas las operaciones declaradas en los modelos 303 del ejercicio anterior.
- Anticipo
- Pago parcial al inicio del proyecto que vincula a ambas partes. Debe facturarse de forma separada con su IVA correspondiente y descontarse en la factura final.
- Vencimiento
- Fecha límite para pagar la factura. En B2B, la Ley 15/2010 establece un plazo legal máximo de 60 días desde la entrega del bien o servicio.
- Intereses de demora
- Intereses devengados por retrasos en el pago B2B. Tipo legal: tipo del BCE + 8 puntos. Aplicables sin necesidad de aviso (Ley 3/2004).
- Número de factura
- Identificador único y secuencial. La numeración no puede contener saltos, motivo frecuente de inspección por parte de la AEAT.
- Factura simplificada
- Versión reducida (antes llamada ticket) admitida hasta 400 € IVA incluido en comercio minorista, hostelería o transporte. Requisitos limitados — número, fecha, NIF emisor, descripción, total con IVA.
- IBAN / BIC
- International Bank Account Number y Bank Identifier Code. Datos bancarios necesarios para recibir transferencias SEPA. Se incluyen en el bloque de pago de la factura.
- Verifactu
- Sistema obligatorio desde el 1 de enero de 2026. Exige software de facturación certificado que registre cada factura de forma inalterable, con hash, sello y firma electrónicos.
- Inversión del sujeto pasivo
- Mecanismo por el que el cliente (no el proveedor) declara e ingresa el IVA. Aplicable en operaciones intracomunitarias B2B (artículo 84.uno.2º LIVA).
- Factura rectificativa / abono
- Documento usado para corregir o anular una factura anterior. Lleva su propia numeración y referencia la factura original (artículo 15 RD 1619/2012).
- Ventanilla Única (OSS)
- Régimen europeo simplificado para declarar el IVA de ventas B2C intracomunitarias por encima de 10.000 €/año. Permite ingresar el IVA de todos los países en una sola declaración trimestral.
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